Las entidades especializadas para actuar como Servicio de Prevención Ajeno deben ser objeto de acreditación por parte de la Autoridad Laboral, previa aprobación de la Autoridad Sanitaria, en cuanto a los aspectos de carácter sanitario. La acreditación se dirigirá a garantizar el cumplimiento de los requisitos de funcionamiento, constituyéndose el Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales (IAPRL) como el organismo científico-técnico que informará a la Autoridad Laboral sobre estos aspectos, y a la Sanitaria, en base a una encomienda de gestión, sobre aspectos de salud laboral.
Consulta de SPA acreditados
Listado actualizado pendiente de validación.
Acreditación y mantenimiento de condiciones
- Reglamento de los Servicios de Prevención: acreditación de entidades especializadas (se abre en una nueva pestaña)
- Orden TIN/2504/2010: acreditación de servicios de prevención (se abre en una nueva pestaña)
- Información de uso y acceso a SERPA
Comunicaciones y actualización de datos
- Mantenimiento de los requisitos de funcionamiento — artículo 26 (se abre en una nueva pestaña)
- Mantenimiento de la acreditación — artículo 4 (se abre en una nueva pestaña)
- Acceder a SERPA (se abre en una nueva pestaña)
Contratación y actuación de los SPA
Criterios e instrucciones técnicas
Contenido pendiente de validación.






