Servicios de prevención ajenos (SPA)

Las entidades especializadas para actuar como Servicio de Prevención Ajeno deben ser objeto de acreditación por parte de la Autoridad Laboral, previa aprobación de la Autoridad Sanitaria, en cuanto a los aspectos de carácter sanitario. La acreditación se dirigirá a garantizar el cumplimiento de los requisitos de funcionamiento, constituyéndose el Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales (IAPRL) como el organismo científico-técnico que informará a la Autoridad Laboral sobre estos aspectos, y a la Sanitaria, en base a una encomienda de gestión, sobre aspectos de salud laboral.

Consulta de SPA acreditados

Listado actualizado pendiente de validación.

Acreditación y mantenimiento de condiciones

Comunicaciones y actualización de datos

Contratación y actuación de los SPA

Criterios e instrucciones técnicas

Contenido pendiente de validación.

Normativa y consultas