Las personas o entidades especializadas que pretendan desarrollar la actividad de auditoría del sistema de prevención habrán de contar con la autorización de la Autoridad Laboral, previa aprobación también de la Autoridad Sanitaria, en cuanto a los aspectos de carácter sanitario. El IAPRL actuará igualmente como organismo científico-técnico que realizará informe relativo al cumplimiento de los requisitos técnico-sanitarios, tanto materiales como de cualificación del personal técnico y sanitario, de estas personas o entidades.
Entidades autorizadas
Listado actualizado pendiente de validación.
Autorización de entidades auditoras
- Reglamento de los Servicios de Prevención: autorización — artículo 33 (se abre en una nueva pestaña)
- Orden TIN/2504/2010: autorización de entidades auditoras (se abre en una nueva pestaña)
Trámites y comunicaciones
Contenido pendiente de validación.






